El Convenio de Divorcio

Cuando recibimos clientes y/o parejas en la oficina que tienen la intención de divorciarse de manera voluntaria, tienen casi siempre las mismas dudas sobre el proceso y lo que se ha de llevar acabo en él.

Sin embargo, hay una duda que sobresale de todas las demás por ser recurrente.

¿Qué se debe incluir en un convenio de divorcio?

Primeramente, habrá que mencionar que en caso que la pareja decida divorciarse de manera voluntaria, la ley impone como requisito primordial, la celebración del convenio a fin de regular todas las consecuencias de dicho divorcio. Y sin este elemento el Juez no dará cabida a la demanda.

Ahora bien, una vez que la decisión de divorciarse ha sido tomada, dentro del convenio de divorcio deben incluirse las siguientes cuestiones (pongamos de ejemplo a un matrimonio con hijos menores de edad):

  1. ¿quién gozará de la guarda y custodia de los menores? Es decir, con quién vivirán diariamente.
  2. ¿de qué forma se dará la visita o convivencia del padre que no goza de la custodia con sus hijos? En este punto, la justicia mexicana tiene el criterio de ser lo más específicos posibles, por lo que no es posible mencionar que será una convivencia “libre”. Esto por que se busca evitar que en un futuro las partes tengan un posible desacuerdo y no existan reglas de convivencia.
  3. Cantidad económica que aportará el padre que no tenga la custodia de los menores, es decir, los alimentos. En este apartado la cantidad a designar debe cubrir por lo menos la mitad de gastos de alimentación que incluye comida, vestido, habitación, educación y salud. Hay muy diversas formas de cubrir todo esto y depende de cada caso en específico. Algunos prefieren pagar la educación directamente a la escuela, así como los seguros de gastos médicos o las facturas médicas, etc. Se insiste depende del nivel de vida que llevaba la familia antes de la separación, pues está deberá seguir intacta para los menores si las posibilidades del acreedor alimentario no ha cambiado.
  4. El domicilio que habitarán los menores y sus padres, después del divorcio.
  5. En caso de que el matrimonio se haya celebrado por sociedad conyugal y se hayan adquirido bienes dentro del matrimonio de manera onerosa, es decir, no mediante donaciones o herencias, entonces procede la liquidación de la sociedad lo que debe realizarse en el mismo convenio.
  6. Fecha en que la pareja se separó.
  7. Que la señora partícipe no se encuentre encinta.
  8. Si el matrimonio se celebró por separación de bienes, y uno de los esposos se dedicó a labores del hogar (no aplicaría el número 5) se otorgaría una compensación.

Así, como pueden ver, el convenio de divorcio implica muchas decisiones de mucha importancia, además de temas que varían ampliamente según la situación del matrimonio. Por esto, acérquense a su abogado de confianza para llegar a un documento que:

  1. Satisfaga a ambas partes firmantes y
  2. La Autoridad Judicial considere que efectivamente se reúnen los requisitos de ley.

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